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El Objetivo

Las oposiciones a funcionarios de los cuerpos docentes son una de las mejores opciones que se presentan para los licenciados y diplomados universitarios de cualquier especialidad, principalmente porque:

· Suponen la estabilidad de un puesto de trabajo fijo, como FUNCIONARIOS de CARRERA del Ministerio de Educación, Cultura y Deportes o de las Comunidades Autónomas, disfrutando de todos los derechos, garantías y ventajas que como tales les corresponden.

· Permiten, en el desarrollado de las funciones de un maestro o profesor, aplicar los conocimientos especializados adquiridos en tu formación.

· Abren numerosas posibilidades de promoción.

· Comportan un desarrollo profesional caracterizado por un doble componente: intelectual y de carácter social.
Para alcanzar este Objetivo, conseguir un puesto de trabajo de forma definitiva en la Enseñanza Pública, el sistema de acceso establecido es la superación un concurso-oposición para alguno de los cuerpos docentes en que se clasifican los funcionarios docentes.

Es posible asimismo trabajar de forma interina en la Enseñanza Pública. Para esto es necesario que te presentarse a las oposiciones e indicarlo en la instancia de solicitud de participación. Los opositores que no han superado la oposición entran a formar parte de una lista de interinidades (por Comunidades Autónomas o en el MECD) que se ordena según los resultados obtenidos en los ejercicios (tres pruebas aprobadas, dos, una...) y según las notas obtenidas. Los maestros y profesores interinos consiguen puntos para sumar en próximas convocatorias de oposiciones.

LAS CONDICIONES LABORALES:
· Los maestros y profesores de la enseñanza pública son funcionarios dependientes de las distintas administraciones educativas, obtienen su destino en un centro de enseñanza y pueden trasladarse a lo largo de su carrera profesional a otros centros o destinos.

· La jornada laboral es de 17-18 horas lectivas semanales (Enseñanza Secundaria) y de 25 horas lectivas para los Maestros de Primaria e Infantil. Normalmente se desarrollar en jornada única de mañana o tarde.

· Las retribuciones comienzan con un mínimo de, aproximadamente, tres millones y medio y un máximo de, aproximadamente, 4 millones y medio de pesetas anuales. Cantidades a las que se suman complementos como: trienios, sexenios y los correspondientes a cargos o puestos específicos.

· Las vacaciones abarcan los meses de julio y agosto. Se añaden además los periodos vacacionales de Navidad y Semana Santa.

 

 


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